Año 1488. 6 Agosto. 
Juramento de los Reyes Católicos a Chinchilla.

 
 
           Juramento que fisieron el rrey Don Fernando y rreyna Ysabel nuestros señores al  tiempo que vinieron a esta cibdad.

   

       En la noble cibdad de Chinchilla a seys dias andados del mes de agosto año del nascimiento de nuestro señor saluador Ihesu Christo de mil e quatrocientos e ochenta e ocho años en presencia de mi sancho martinez gascon e ferrando lopez del castillo escriuano publide la dicha cibdad este dicho dia viniendo el rrey don fernando e la rreyna doña Ysabel nuestros señores de camino de la via de villena e elche e origuela e murcia e con sus altesas muchos prelados e caballeros de sus rreynos e queriendo entrar por las puertas principales de la dicha cibdad debaxo de la boueda de la primera puerta herrada salieron de esta cibdad el concejo della conviene a saber Ruy Gomez de ayala gobernador e justicia mayor de la dicha cibdad e del marquesado de villena e pero nuñez e juan del peral alcaldes ordinarios e pedro gascon e el bachiller fernando de arboleda e blasco de valdeganga e juan de teruel el moço e pero roman regidores e el licenciado pero sanchez de belmonte alguacil e alfonso de requena jurado todos oficiales del dicho conçejo tomando en sus manos los cetros e varas del paño brocado que estaua e tenian encima de sus artesas el dicho licenciado pero sanchez de belmonte a quien el dicho conçejo dio cargo de fablar a su real señoria en nombre del dicho conçejo por ser persona de ciencia discreto e honrado el qual dicho licenciado tenian las manos vn vaçin de plata y en  el todos priuillejos de la dicha cibdad e un libro auierto donde estauan escritos  os euangelios e socbre ellos una crus de cristal e el raçonamiento quel dicho  licenciado fiso es este/ serenisimos e bien aventurados principes el conçejo e   los buenos desta cibdad besan las manos de vuestra rreal señoria e les tienen  en mucha merced la visitacion que an fecho e fasen en la querer veer parece  conformarse con lo que escrivio Paulo en la epistola del regimiento de la cassa  en donde dice que veer y reveer el home sus cosas grande prudencia es mayormente aviendola ganado por su lança ca escrilio esta que mas propia osa es lo que el ome gana que lo que hereda por ende suplica a vuestra altesa la mande bien veer y reueer e fallarla mucho despoblada e muchas casas caydas que fueron derribadas al tiempo del cerco las quales nunca fueron alçadas conuiene a su seruicio de hacer las mercedes e ayudar para que se pueble como de antes estaua e por la presente nos mande jurar de non nos enagenar ni quitar esta cibdad de su corona rreal e nos jurar nuestros priuillejos e mercedes e  cartas que tiene asy de vuestra real señoria como de los reyes pasados de  gloriosa mamoria vuestros progenitores e las hordenanzas e husos e  costumbres que esta cibdad ha tenido e tiene/ e fecho esto manden rescibir las  llaues desta cibdad e se apoderarse della asy en lo alto como en lo baxo/ e asy  quedamos rogando nuestro señor quiera guardar vuestras reales personas con  acrecentamiento de mas rreynos e señorios e convencimiento de los enemigos  de la fe de Christo como por vuestra rreal señoria se desea. amen/E luego el rrey  nuestro señor respondio e dixo ya se lo que quereis, hagase. e luego  incontinente asy el dicho señor rrey como la dicha señora rreyna nuestra  señoria se quitaron los guants de las manos derechas e pusieronlas sobre la  crus e los santos euangelios edixeron que asy como lo pedia el dixo conçejo que asy lo jurauan e juraron./ e luego los dichos oficiales pidieron a nos los dichos e scriuanos que lo diesemos asy por testimonio todo lo pasado, testigos que  fueron presentes a lo suso dicho e lo vieron suero de pallares e juan de  barrionuevo e mateo de naualon e benito rreys de almarcha e diego de  albarracin clerigo que lleuaua los dichos evangelios y los otros vecinos desta  cibdad/ e pasado lo suso dicho sus altesas debaxo del dicho paño entraron cabalgando fasta la yglesia santa maria de la cibdad donde fueron  recibidos con la procesion de los clerigos y alli descabalgaron e fisieron oracion en la yglesia testigos los susodichos. e yo sancho martinez gascon escriuano del rrey e de la rreyna nuestros señores e escriuano publico de dicha cibdad de chinchilla que a todo lo susodicho en uno con el dicho ferrand lopez  del castillo e testigos presente fui e por mandado e pedimento de los dichos  señores del conçejo lo fise escriuir en este libro del dicho conçejo segun antes dicho ferrand lopez del castillo e de mi paso por ende fise aqui mio signo  acostumbrado en testimonio. (Hay un signo) sancho mz. gascon. e yo ferrando  lopez del castillo escriuano del rrey e de la rreyna nuestros señores e su notario  publico en su corte y en todos sus rreynos e señorios e escriuano publico de la  dicha cibdad de chinchilla que a todo lo susodicho con sus altesas e con el dicho  sancho martinez gascon e testigos presente fui por ende fise este mio signo  (Hay un signo) en testimonio de verdad. ferran lopez del castillo. 


Es trascripción literal del original que obra en el libro capitular del municipio de 
Chinchilla, años 1426-526 fol. 146.